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La Dirección de Personal Académico y Administrativo recuerda que con el propósito de fomentar el uso de la bicicleta como medio de transporte sostenible y responsable, la Ley 1811 de 2016 permite acceder a un incentivo para quienes emplean este medio para desplazarse a la Universidad y cumplir con su jornada laboral.

 

  • La Sede Medellín cuenta con espacios habilitados para estacionar las bicicletas. Unimedios

    La Sede Medellín cuenta con espacios habilitados para estacionar las bicicletas. Unimedios

     

    ¿Quiénes pueden acceder?

    Tanto el personal administrativo como el personal docente pueden postularse al incentivo, realizando el trámite ante las secciones correspondientes, diligenciando el formato “Inscripción para el incentivo de uso de bicicleta” (código U.FT.08.007.056).

    ¿Cómo funciona el incentivo?

    Una vez inscritas, las personas participantes recibirán una tiquetera en la que el personal de seguridad en las porterías registrará los ingresos diarios mediante adhesivos (stickers). Con base en estos registros, se podrá acceder a los siguientes beneficios:

    • Medio día laboral libre remunerado por cada 30 ingresos verificados.
    • Un día laboral libre remunerado por cada 60 ingresos verificados.
    • Dos días laborales libres remunerados consecutivos por cada 120 ingresos verificados.

    ¿Cómo se solicita el beneficio?

    Cuando se cumpla alguno de los umbrales mencionados y antes de la última semana hábil de cada mes, la persona interesada deberá:

    • Solicitar, antes de la última semana de cada mes y por escrito, el beneficio ante la sección correspondiente (Administrativo o Académico).
    • Adjuntar como soportes la tiquetera y el visto bueno de su jefatura inmediata.

    Una vez aprobado el beneficio mediante resolución, la persona beneficiaria podrá acordar con su jefatura los días de disfrute, los cuales deberán:

    • Utilizarse dentro de los 15 días calendario siguientes al reconocimiento.
    • No coincidir ni acumularse con otros permisos, licencias o vacaciones.
    • Informar previamente a la sección correspondiente la fecha y hora del disfrute del beneficio.

    Información adicional

    • El incentivo contempla un máximo de cuatro (4) días de descanso remunerado por año calendario.
    • Solo se permite acumular hasta dos (2) días consecutivos, los cuales no podrán ser disfrutados en continuidad con días de permiso, licencia o vacaciones.

    (FIN/Sección Personal Administrativo)

    1 de julio de 2025