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El Juzgado Trece Administrativo Oral de Medellín admitió la demanda de nulidad interpuesta por el profesor Héctor Jairo Correa, de la Facultad de Ciencias Agrarias de la Universidad Nacional de Colombia Sede Medellín, contra el Acuerdo 076 de 2017 del Concejo Municipal.

  • El Juzgado Trece Administrativo Oral de Medellín admitió la demanda de nulidad por acuerdo del Concejo Municipal que promueve alimentación verde en la ciudad.  Foto tomada de: https://www.flickr.com/photos/14501039@N08/2126072864

    El Juzgado Trece Administrativo Oral de Medellín admitió la demanda de nulidad por acuerdo del Concejo Municipal que promueve alimentación verde en la ciudad. Foto tomada de: https://www.flickr.com/photos/14501039@N08/2126072864

  • Héctor Jairo Correa, profesor del Departamento de Producción Animal de la Facultad de Ciencias Agrarias.

    Héctor Jairo Correa, profesor del Departamento de Producción Animal de la Facultad de Ciencias Agrarias.

  • Para el profesor, el Acuerdo carece de bases científicas. Por eso es fundamental hacer un trabajo mancomunado con la academia.

    Para el profesor, el Acuerdo carece de bases científicas. Por eso es fundamental hacer un trabajo mancomunado con la academia.

    El profesor Correa explicó que su demanda esgrime que el Artículo 1º del Acuerdo 076 de 2017 atenta contra los artículos 16 y 44 de la Carta Magna colombiana, los cuales tienen que ver con el libre desarrollo de la personalidad y con los derechos fundamentales de los niños como el de “una alimentación equilibrada”.  

    En su primer artículo el Acuerdo estipula que “con el objeto de promover una alimentación verde y sustentable, el Municipio de Medellín garantizará que, en los colegios oficiales, comedores comunitarios, jardines y restaurantes de las entidades municipales, se ofrezca un día a la semana un menú libre de carnes rojas, procesadas, embutidos, carne de cerdo, pollo o pescado; y en cambio se suplemente por alimentos de origen vegetal u otros productos que los reemplacen y sean de origen animal”.

    Al respecto el profesor Correa considera que este proceder es una medida coercitiva en tanto “niega que es a través de la educación que las personas adquieren los conocimientos suficientes para tomar decisiones frente en este caso, por ejemplo, de si se alimentan o no de carne o de vegetales; eso no es algo que se deba imponer y mucho menos a los niños”.

    En el mismo orden, el profesor celebra que el Concejo de Medellín quiera desarrollar normas que contribuyan a la sostenibilidad de una ciudad cada vez más deteriorada ambientalmente, no obstante, también es enfático en que el proceder no se concentra en el foco de la problemática: la contaminación por emisiones de fábricas y fuentes móviles.

    Del mismo modo, señala que es preciso un trabajo mancomunado con la academia: “esa es la manera adecuada, los concejales deberían asesorase para fundamentar proyectos, y que no sea de manera tan arbitraria y muchas veces sin suficiente conocimiento, el debate académico es necesario”.

    Además de la demanda de nulidad, en el proceso también está implicada una medida cautelar, frente a la cual el Concejo de Medellín tiene cinco días, corrientes desde el 26 de febrero, para argumentar la pertinencia de la norma; con base en ello el juez tomará la decisión de aceptar o negar la medida cautelar que, en caso de aprobarse, significa no aplicar la normativa demandada hasta que haya fallo final.

    Aunque Correa es el doliente de la demanda, los profesores y estudiantes del Departamento de Producción Animal de la Universidad Nacional de Colombia Sede Medellín, y los de la Facultad de Ciencias Agrarias de la Universidad de Antioquia, previamente se habían pronunciado sobre el acuerdo municipal, señalando que “fue fundamentado en información seleccionada arbitrariamente para mostrar una faceta negativa de la producción animal”.

    Más allá de lo que suceda en los próximos días con el proceso en curso, el profesor Héctor Jairo Correa considera que de esta manera “se podrá dar el debate académico que fue negado por los concejales que gestionaron el proyecto de Acuerdo”.

    A partir de la admisión de la demanda, que ocurrió el pasado 26 de febrero, hay un plazo de 30 días para que quienes así lo consideren aporten en calidad de “coadyuvantes” argumentos jurídicos, científicos, técnicos y demás, que enriquezcan los planteamientos sin repetir o adicionar pretensiones a las ya establecidas.

    (FIN/CST)

    1 de marzo del 2019